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Una sentencia echa atrás la sanción que la empresa pública Tragsa impuso a dos trabajadores del BRIF del Puerto del Pico por utilizar su uniforme en una manifestación.

 

Todo empezó cuando el 15 de octubre los trabajadores de la Brigada de Refuerzo de Incendios Forestales de la empresa pública Tragsa se manifestaron en Santiago de Compostela reclamando una mejora de las condiciones laborales. Varios trabajadores estuvieron presentes en dicha manifestación ataviados con su equipo de protecicón individual (EPI), dos de ellos trabajadores habituales en la base del Puerto del Pico

Tras la manifestación, Tragsa decidió sancionar a ocho trabajadores con cinco días sin empleo y sueldo, debido a una utilización indebida del EPI, acogiéndose a un artículo del convenio colectivo que considera falta grave la utilización de este equipo fuera de la jornada y lugar de trabajo. Precisamente en la carta de sanción que la empresa envió a los trabajadores se indica que hicieron un uso particular del mismo.

Es precisamente es esta sentencia del juzgado de Ávila la que corrige que los trabajadores no hicieron uso particular del EPI, sino que se utilizó para fines colectivos, estimando por tanto que la sanción es improcedente.

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